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¿Qué es un testamento? y ¿Porqué testar?

Antes de escribir este artículo me di a la tarea de investigar con mis familiares y amigos que están fuera del mundo jurídico algunas preguntas respecto al testamento, desde lo que ellos entendían o creían que era un testamento, hasta ponerles ciertas situaciones hipotéticas respecto a los mismos y que me contestaran si desde su punto de vista esa situación tendría validez legalmente, después de ese ejercicio a muchos de ellos les empezaron a surgir más dudas, al darles las respuesta de las mismas muchos de ellos parecían sorprendidos, ya que en general, las personas que están fuera del ámbito legal tienen mucho desconocimiento de los temas jurídicos, y en muchas ocasiones lo que creen saber es porque “les contó un vecino”. El propósito de este artículo es que las personas tengan un poco más de conocimiento respecto del testamento, y para hacerlo iré dando solución a las dudas e inquietudes que me manifestaron mis familiares y amigos, mismas que resultan de interés para la población en general.


¿Qué es un testamento?

La definición legal del mismo la encontramos en el artículo 1295 del Código Civil para la Ciudad de México, el cual dispone que “Testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte”, es decir, es el documento legal donde manifestamos lo que queremos que pase con nuestro patrimonio (propiedades, carros, empresas, patentes, joyas, dinero, etc.) una vez que muramos. Dentro del mismo también podemos nombrar a una persona que se encargue de nosotros y de nuestros bienes sí es que llegamos a ser considerados incapaces mentales, o si tenemos hijos menores de edad, podemos disponer quién queremos que se haga cargo de ellos mientras son menores de edad.

¿A partir de qué edad puedo hacer mi testamento?

De la lectura e interpretación de los artículos 450, 646, 647, 1305 y 1306, todos del Código Civil para la Ciudad de México, podemos decir que a partir de los 16 años de edad cualquier persona con capacidad legal puede realizar su testamento. 

 ¿Qué tipos de testamentos existen? 

 En la Ciudad de México únicamente está vigente el Testamento Público Abierto, que es aquel que se debe otorgar ante un Notario Público. Anterior al día 24 de julio del año 2012 en el Código Civil de la Ciudad de México, en ese entonces Distrito Federal, estaban vigentes otros testamentos, tales como el testamento publico cerrado, testamento publico simplificado, testamento ológrafo, testamento privado, entre otros, sin embargo, el día 23 de julio del año 2012 sale publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, una reforma al Código Civil que deroga todos los testamentos existentes, con excepción del Publico Abierto. 

Cabe mencionar que las disposiciones en materia civil son de carácter local, es decir, puede que en otros estados de la República Mexicana aun estén vigentes otros tipos de testamento, que hoy en día ya no están vigentes en la Ciudad de México.

¿Con quién debo acudir para realizar mi testamento?

Toda vez que en la Ciudad de México el único testamento que está vigente es el Publico Abierto, se debe acudir ante un Notario Público para poder realizarlo, hay muchas Notarias en la Ciudad de México, así que se puede consultar el Directorio de Notarios en la página web del Colegio de Notarios de la Ciudad de México para revisar la ubicación de la Notaria de nuestra preferencia. 

 ¿Pueden forzarme a hacer mi testamento? 

 No, cualquier testamento que se haya realizado por amenazas, violencia, dolo o fraude será nulo, ya que el mismo debe otorgarse de manera libre, personal, sin que exista ningún tipo de violencia o amenaza por parte de alguna persona, esto se entiende así de la interpretación de los artículos 1485 y 1487 del Código Civil para la Ciudad de México. 

 Sí en mi vejez ya no estoy lucido ¿pueden llevarme mis hijos a hacer o modificar mi testamento?

No, el Código Civil de la Ciudad de México pide ciertos requisitos para que una persona pueda realizar o modificar su testamento, entre ellos está la capacidad legal, y las personas que ya no pueden tomar decisiones por sí solas, porque tienen alguna enfermedad mental son consideradas como incapaces, por lo tanto no pueden otorgar ni modificar su testamento. Pero el Código antes mencionado maneja una serie de hipótesis para que una persona demente pueda realizar su testamento, entre ellas, se necesita que la persona tenga momentos de lucidez, que se le realice un examen médico por especialistas en la materia, quienes determinaran si de verdad tiene momentos de lucidez, y de tenerlos un Juez le hará toda una serie de preguntas para determinar la viabilidad de esa persona para poder testar, de aprobarse estos exámenes, se acudirá con un Notario Público para que la persona en cuestión pueda realizar su testamento. El fundamento de lo anterior lo encontramos en los artículos 1307 al 1312 del Código Civil para la Ciudad de México. 

 ¿Qué duración tiene el testamento? 

 El testamento no tiene una duración determinada, es válido hasta que no se otorgue uno nuevo, es decir, puede que el día de hoy usted haya realizado su testamento ante Notario Público, y pasados 20 años Usted sigue queriendo que su patrimonio se quede con las personas que señalo desde ese primer momento, pero también existe la posibilidad de que su voluntad ya no sea la misma, y ahora quiere que al momento de morir sus bienes se queden en manos de otra persona, entonces Usted realiza un nuevo testamento ante Notario, el cual dejara sin efectos el anterior, y el nuevo es el que tendrá validez. 

Hoy en día muchas personas siguen pensando que pueden dejar su testamento en una simple hoja de papel, o que al morir la familia cumplirá sus deseos de que su patrimonio se lo quede únicamente determinada persona, alguna sociedad civil, la iglesia, etc., lo cual, en la mayoría de los casos no sucede, por eso es importante que tengamos un testamento, donde plasmemos cual será nuestra voluntad para cuando faltemos, es cierto que cuando eso suceda las controversias no serán para nosotros sino para nuestros familiares, sin embargo, ¿para qué dejar problemas a nuestros seres queridos?, hay familias que llegan a destruirse por una herencia, cuando todo eso puede evitarse con un simple trámite ante Notario Público. 


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